Es en el marco de una causa donde ya se encontraba imputado por la supuesta comisión del delito de instigación a cometer delitos. A partir del avance de la investigación se agravó ahora su acusación como partícipe necesario de tres tentativas de robo calificado y un hecho de robo simple que se concretó en esa ciudad.
La fiscal penal Daniela Murúa, interina en la Fiscalía Penal 2 de Orán, imputó de forma provisional a José Dimas Ruíz por los delitos de tentativa de robo calificado por el uso de arma de fuego sin peritar (tres hechos) y robo simple agravado por las circunstancias de hurto en concurso real y en grado de partícipe necesario.
El acusado estuvo acompañado de defensa particular y se abstuvo de declarar. Permanece detenido con prisión preventiva.
Con esta imputación se amplía una previa, donde se encuentra acusado provisionalmente como autor del delito de instigación a cometer delitos por un hecho denunciado en agosto de 2023, donde el ciudadano Juan Pablo Filtrin señaló al imputado como la persona que habría estado organizando un robo en su vivienda, como así también en otras viviendas de personas conocidas y de su entorno.
Ante la denuncia de este ciudadano y las medidas probatorias aportadas, se radicaron otras dos denuncias donde se menciona al denunciado como quien habría planificado los ilícitos contra la propiedad, señalando los domicilios en los que no pudo llevarse a cabo los ilícitos y un hecho donde se sustrajo una importante suma de dinero.
Es esencial resaltar que la investigación está siendo llevada a cabo por la Fiscalía Penal 2 de Orán. Este caso no se encuentra contemplado ni mencionado en la resolución 1478/23, que establece la creación de la Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado para investigar casos graves ocurridos en el Norte de la Provincia. Esta distinción es de suma importancia, ya que la investigación en curso se está llevando a cabo de manera ajena a la mencionada Unidad Fiscal.
Ante la difusión reciente de determinada información falsa sobre el proceso penal en curso, direccionada al descrédito de la intervención de dos de las fiscales asignadas a la Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado, el Ministerio Público Fiscal ejerce su derecho de emitir aclaraciones para rectificar dicha información errónea en relación a un caso que todavía se encuentra en la fase de investigación y que fuera arriba mencionado (trámite de la Fiscalía penal N° 2 a cargo de la fiscal Daniela Murua, y no contemplado en la resolución de Procuración General N°1478/23, Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado). Este procedimiento se basa en el artículo 263 del Código Procesal Penal de la Provincia de Salta, que establece un mecanismo para que las partes involucradas en un proceso penal puedan presentar aclaraciones en caso de divulgación de información errónea o que no se corresponda con los trámites cumplidos.
El propósito perseguido por el Ministerio Público Fiscal, es asegurar la transparencia y la precisión de la información relacionada con el proceso penal, la absoluta sujeción a derecho de sus acciones, como así también salvaguardar la inquebrantable determinación en términos de política criminal de perseguir y desactivar las incipientes células de organizaciones criminales actualmente bajo investigación judicial, determinación que precisamente llevara a la creación de la mencionada Unidad Fiscal de Litigio Estratégico contra el Crimen Organizado.
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