Política

Discriminación,Violencia de genero y censura en el Concejo Deliberante

Que alrededor de hs. 09:00 del día 11 de Noviembre de 2020, cuando me encontraba ejerciendo mis funciones como Secretaría de Prensa del Concejo Deliberante de 
Orán, dentro del ámbito de la oficina de Presidencia, el Concejal Lucas Tevez a través de una de las ventanas de esa oficina me ordenó que me apersonara en el recinto de la Sala de Sesiones del cuerpo legislativo.
Cuando ya estaba transitando por el pasillo de acceso de esa sala, es que escucho la voz del Sr. Aimo que decía al Presidente del Concejo Deliberante “¡YA VIENE ESA
MINA? PORQUE YO QUIERO HABLAR CON LA NEGRITA ESA”.
Obviamente, al escuchar esas frases discriminatorias contra mi persona (ya por ser mujer y por pertenecer a la raza negra) se generó en mí un malestar.
Acto seguido y a pesar de haber escuchado esas expresiones descalificatorias y discriminatorias en mi contra, y porque el Sr. Presidente del Concejo Deliberante me lo había
ordenado, ingresé a ese ámbito encontrándome que únicamente se hallaban en el lugar Tévez y Aimo (quien estaba ocupando el sillón de
la Vicepresidencia). Al detectar mi presencia, el Concejal Lucas Tévez me acomodó una silla al lado de donde se encontraba Cristian Aimo
y, acto seguido, Tévez se sentó también a mi lado haciéndome sentir fuertemente que me encontraba a merced de ambos y demostrandoesas dos personas una actitud totalmente intimidatoria en mi contra.Tan luego como me senté en la silla
que me había dispuesto Tévez, el Sr. Aimo me interpeló directamente, preguntándome de manera violenta si era que yo estaba al frente del Medio Digital “NOTICIAS AL TOQUE” y que estaba molesto porque en la página del diario digital mencionado lo había puesto en evidencia respecto de su paso como Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Coronel Moldes y de las denuncias efectuadas por desmanejo de fondos públicos en aquel municipio, todo esto dicho de modo amenazador.
Reforzando su actitud en mi contra, me ordenó que “DEBÍA ALINEARME CON EL EJECUTIVO” y que cesara mis publicaciones en la página digital en la cual desempeño mis labores periodísticas, agregando que de no hacerlo: “QUE VAYA BUSCANDO OTRO TRABAJO”.
Todo esto ante la mirada de quien es el Presidente del Concejo Deliberante de Orán y quien ya estaba al tanto que yo publicaba en ese medio periodístico digital.
Planteo a la Fiscal de Violencia de Género la situación en la que me encontraba con dos hombres que
detentan el poder y yo mujer sola, madre soltera que necesita de ese trabajo en la función pública ya que es la única fuente laboral con obra social que permite tanto a mi persona como a mi hija menor de edad satisfacer mínimamente la subsistencia y atención médica.
Antes que finalizara esa escena de caracteres totalmente conminatorios, me obligaron a que yo les asegure que iba a cesar mi participación en “NOTICIAS AL TOQUE” y
que, de ser posible, ese medio concluya con sus publicaciones.
Siendo esto totalmente violatorio de mi libre albedrío y también de la garantía del libre ejercicio de mi profesión y de la libertad de prensa.
Desde el mismo momento que pude alejarme de esas dos personas que vengo a denunciar, me encuentro temerosa respecto de mi seguridad personal, de la pérdida
de mi libertad laboral, ofendida por el destrato hacia mi persona como mujer y como persona perteneciente a mi raza.
Por último, entiendo que las conductas de ambos denunciados encuadran en la normativa antes reseñada ya que ambas personas mayores de edad, hombres que detentan máximos cargos de poder dentro de la estructura municipal, emplearon su posición en un lugar público donde ellos tienen máximo control de la situación, para infundirme temor.
Demás está decir que mi continuidad laboral sí depende efectivamente de ambos denunciados ya que el nombramiento o la cesación en mi cargo depende jerárquicamente –por reglamento y de manera directa- del Presidente del Concejo Deliberante.
Mientras que el Sr. Aimo, en su carácter de Jefe del Gabinete Municipal, detenta (de manera impropia) el poder de hecho sobre el Legislativo ya que tuvo el poder para actuar en un ámbito que por mandato constitucional no le es propio y todo por la facilitación al acceso de mi persona por parte del denunciado
Tévez.
También debo agregar que, financieramente, el Poder Ejecutivo tiene el poder de restringir el presupuesto destinado a mis haberes, por lo que la coacción inferida en mi contra es real e inmediata.
Para mayor prueba y como muestra que estas personas pueden llevar a cabo sus amenazas, ya en el mes de diciembre, fui dejada cesante de mi cargo en la Intendencia
Municipal de la ciudad de Orán, por la Administración del recién asumido Pablo González, hecho por el cual presenté recurso sin que el mismo haya sido contestado.
Como podrá apreciar la Sra. Fiscal (de acuerdo a la prueba que acompaño), no es nueva la persecución que este gobierno municipal viene llevando en mi contra y aun cuando la cesantía se produjo en artera violación de la ordenanza 2004/2017 ya que el cargo que detentaba me correspondía por derecho propio por ser hija de empleado municipal.
LA INJUSTA COERCIÓN A DEJAR DE EJERCER MI PROFESIÓN EN LA PRENSA.
Que, tal como lo habíamos apuntado supra, el meollo de la cuestión resulta ser mi participación en el medio periodístico digital “NOTICIAS AL TOQUE” y la molestia
que le puede haber producido a ambos denunciados, la publicación de noticias de total dominio público, referidas tanto a Tevez como a Aimo, debiendo aclarar que he cumplido lealmente mi cargo mientras que, por otro lado, no existe incompatibilidad entre mi puesto público en el Concejo Deliberante con el libre ejercicio de mi profesión por lo que las ciertas e injustas amenazas propinadas en mi contra con el objetivo de coaccionar a que cese la publicación de información en las cuales ambos denunciados son actores, y más tratándose éstas de hechos realizados por Tévez y Aimo en ejercicio de la función pública, les veda totalmente de considerarse ofendidos o molestos por éstas máxime cuando el medio en el que participo ha tomado tales noticias de otras fuentes periodísticas y, por lo tanto, no resultan información
de acontecimientos reservados o los que yo haya podido acceder de manera reservada.
Por ultimo, reclamo la asistencia de
la justicia porque me amparo en la normativa vigente que protegen a
la libertad de prensa, entre ellas encontramos que la Constitución
Nacional de 1853-1860 contiene los artículos 14 "Todos los habitantes
de la Nación gozan de los siguientes derechos... A publicar sus ideas
por prensa sin censura previa" y el artículo 32 que reza: "El congreso
federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o
establezcan sobre ella la jurisdicción federal". Con la reforma
constitucional de 1994 se agregó el artículo 43 que manda que "No
podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística".
Asimismo, la Convención Americana de Derechos Humanos, en su
artículo 13. Sobre la: “Libertad de Pensamiento y de Expresión”
impone a los estados signantes a proteger la libertad de pensamiento
y de expresión (inc. 1.), La Prohibición de la Censura previa (inc.2),
mientras que el inciso 3 de esa norma dispone que “No se puede
restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales
como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para
periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos
usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios
encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y
opiniones”.
 

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